De igual modo, recordó que la Asamblea General de condóminos, es el órgano máximo del condominio, conformado por todos los condóminos, y sus resoluciones son de carácter obligatorio, para todos. Por lo cual, añadió, es necesario protocolizar e inscribir las Actas de la Asambleas de condóminos, en donde se elija una Mesa Directiva o se actualice.