El aguinaldo es una prestación que tienen todos los trabajadores en México; así lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) en el artículo 87. A los empleados tienen derecho a recibir la prestación año con año, antes del 20 de diciembre; mismo que debe ser equivalente a 15 días de salario como mínimo.
Cabe mencionar que aquellos trabajadores que no tengan un año de servicio cumplido, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha límite; deben recibir una parte proporcional del pago, según el tiempo que hayan prestado sus servicios.
Ahora bien, ¿qué pasa con las personas que trabajan por honorarios?
¿Me toca aguinaldo si trabajo como freelancer?
Los empleados contratados por honorarios o freelance, deben considerar que sí existe una posibilidad de recibir aguinaldo; toda vez que se establezca una relación de subordinación.
Es decir, en la que se reporte con un patrón y se cubra un horario de ocho horas; si estas condiciones no se cumplen, no habrá respaldo de la ley para solicitar el pago correspondiente.
“Siempre que exista una relación laboral de subordinación comprobable, la o el patrón debe cubrir determinada cuota a la o el trabajador”, explica la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (PROFEDET).
Si tienes dudas, la PROFEDET está capacitada para brindar orientación y asesorar a los trabajadores del país.